Asociación de Telecomunicaciones de Andalucía

Se publican las medidas a aplicar tras el estado de alarma


Fecha de publicación:
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Algunas de ellas afectan a la actividad empresarial, tratando de impulsar la actividad económica

Desde el próximo 9 de mayo, decae el actual estado de alarma basado en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Pero tras este estado de alarma, el Consejo de Ministros ha aprobado una serie de medidas que en parte está dirigidas a proveer a las Administraciones públicas autonómicas, competentes en materia de salud, de soporte para la adopción de cierto tipo de medidas restrictivas en el caso que la pandemia se agrave en zonas determinadas. Así mismo, recoge elementos de coordinación entre administraciones públicas.

Estas medidas han sido publicadas el 5 de mayo en el BOE con el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

También prorroga algunas de las medidas de protección social que se han puesto en marcha durante los meses pasados. Pero lo más interesante viene en algunas medidas que adopta en varios segmentos económicos, con el objetivos de impulsarlos tras el periodo de alarma.

Destacan las siguientes:

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